
Factoring
Es el proceso de cobro adelantado de las facturas a crédito por medio de una entidad financiera a cambio de un porcentaje establecido por mutuo acuerdo entre el vendedor y el factor. Esto permite que la empresa emisora de la factura se capitalice y obtenga liquidez más rápido; liquidez el combustible que las empresas necesitan para funcionar en su día a día.
En las operaciones a plazo, para que la factura electrónica emitida se convierta en Título Valor el adquiriente deberá aceptar y enviar a la DIAN y al emisor, de manera explícita la factura electrónica antes de las 72 horas de emitida (con Acuse de Recibo), caso contrario en la cual de aceptará tácitamente.
La aceptación de la factura por parte de los adquirientes facturadores electrónicos se realizará a través de su propia solución o a través de proveedor tecnológico. Para las operaciones a plazo donde el adquiriente no sea electrónico.
La Ley 1943 de 2018 le otorgó la facultad a la DIAN de administrar el registro de facturas electrónicas, para lo cual está desarrollando las herramientas que promoverán el mercado de factoring.
Esquema de operación
En las operaciones a plazo, para que la factura electrónica emitida se convierta en Título Valor el adquiriente deberá aceptar y enviar a la DIAN y al emisor, de manera explícita la factura electrónica antes de las 72 horas de emitida (con Acuse de Recibo), caso contrario en la cual de aceptará tácitamente.
El registro de facturación
El registro de facturas electrónicas es la facultad que la ley la DIAN para registrar todas anotaciones que se le hacen a la factura desde que se emite hasta su posterior circulación

Una vez la factura electrónica se convierte en Título Valor, estará disponible para comercialización a través de los agentes de mercado, los cuales deberán informar a la DIAN cada cambio que la factura de venta electrónica tiene a lo largo de su madurez

Los agentes del mercado pueden ser compradores profesionales, el registro de garantías o los jueces de la República

La única factura electrónica válida para circulación es la que reposa en el registro de factura de la DIAN, cuyos documentos están atados entre sí a través del código único de facturación electrónica CUFE
Saber más: https://www.5direcciones.com.co/buzon-tributario/